Actividades de la Construcción, Hidráulica y Vías de Comunicación
septiembre 24, 2022 2022-10-19 16:54Actividades de la Construcción, Hidráulica y Vías de Comunicación
Comisión de Actividades de la Construcción, Hidráulica y Vías de Comunicación creada el 2 de agosto de 2017 por la Resolución Nº 36.
Sus funciones son:
a) Ser organismos de consulta del Consejo Superior y los matriculados en cuestiones relacionadas con la construcción hidráulica y las vías de comunicación, infraestructura y reglamentos nacionales, provinciales y municipales en dichas materias. b) Analizar, discutir, resolver y difundir aspectos normativos relacionados con la temáticas. c) Proponer mejoras reglamentarias sobre el tema. d) Realizar jornadas de capacitación y divulgación etc, en un espacio abarcador que permita el aporte de todos los miembros. e) Participar en comisiones y toda otra acidad útil para la concreción de sus fines. f) Asesorar al Consejo Superior en los temas de su especialidad. g) Cumplir y hacer cumplir las obligaciones emergentes de la presente Ley y las normas emanadas del Consejo Superior. h) Propender con su accionar a la defensa y jerarquización del ejercicio profesional en el ámbito de la construcción, infraestructura y reglamentos, siendo referentes de los profesionales de la especialidad. i) Promover el conocimiento entre los profesionales de la actividad, de las novedades en la materia y buscar la generación de normativas nuevas , en beneficio del desempeño profesional la industria yb la comunidad. j) Promover la participación de los matriculados de la especialidad. k) Mantener contactos y o conformar comisiones en otros Colegios de profesionales, Universidades y con las autoridades de organismos nacionales, provinciales y municipales asesorando y propiciando mejoras en la materia. l) Asesorar al Consejo Superior en materias de alcances de incumbencias profesionales. m) Asesorar al Consejo Superior en materia de aranceles profesionales. n) Organizar cursos, conferencias y todas otra actividad y técnico-científica que contribuya a la formación profesional y cultural de los matriculados y la comunidad.
a) Ser organismos de consulta del Consejo Superior y los matriculados en cuestiones relacionadas con la construcción hidráulica y las vías de comunicación, infraestructura y reglamentos nacionales, provinciales y municipales en dichas materias. b) Analizar, discutir, resolver y difundir aspectos normativos relacionados con la temáticas. c) Proponer mejoras reglamentarias sobre el tema. d) Realizar jornadas de capacitación y divulgación etc, en un espacio abarcador que permita el aporte de todos los miembros. e) Participar en comisiones y toda otra acidad útil para la concreción de sus fines. f) Asesorar al Consejo Superior en los temas de su especialidad. g) Cumplir y hacer cumplir las obligaciones emergentes de la presente Ley y las normas emanadas del Consejo Superior. h) Propender con su accionar a la defensa y jerarquización del ejercicio profesional en el ámbito de la construcción, infraestructura y reglamentos, siendo referentes de los profesionales de la especialidad. i) Promover el conocimiento entre los profesionales de la actividad, de las novedades en la materia y buscar la generación de normativas nuevas , en beneficio del desempeño profesional la industria yb la comunidad. j) Promover la participación de los matriculados de la especialidad. k) Mantener contactos y o conformar comisiones en otros Colegios de profesionales, Universidades y con las autoridades de organismos nacionales, provinciales y municipales asesorando y propiciando mejoras en la materia. l) Asesorar al Consejo Superior en materias de alcances de incumbencias profesionales. m) Asesorar al Consejo Superior en materia de aranceles profesionales. n) Organizar cursos, conferencias y todas otra actividad y técnico-científica que contribuya a la formación profesional y cultural de los matriculados y la comunidad.